Comisiones en Hipotecas

Las hipotecas son préstamos para la adquisición de una vivienda en los que la misma se convierte en la garantía de devolución para la entidad que nos presta el dinero. Entre las comisiones que nos puede aplicar una entidad de crédito se encuentran las siguientes:

  • Comisión de apertura: porcentaje sobre el importe de la hipoteca o cuantía fija que la entidad nos cobra en concepto de gastos de estudio, tramitación y gestión de la hipoteca.
  • Comisión por cambio de condiciones o novación: la entidad cobra por los gastos administrativos incurridos al modificar las condiciones en el contrato original.
  • Comisión por reclamación de pago: en el caso de existir cuotas impagadas, las entidad cobra en el momento en el que regulariza la deuda, un importe, normalmente fijo, en concepto de los gastos extraordinarios que se le generan al tener que volver a emitir el recibo. Se debe tener cuidado porque las cantidades cobradas en este concepto suelen ser muy elevadas.
  • Tipo de interés de demora: Es el tipo de interés que se aplica a las cantidades que, llegada su fecha de pago, no han sido abonadas. Es una penalización al titular si incumple sus obligaciones de pago.
  • Comisión por amortización anticipada: la entidad financiera puede cobrar esta comisión al devolver el préstamo anticipadamente y es el resultado de aplicar un porcentaje sobre la cantidad amortizada antes de tiempo. Esta comisión tiene un máximo legal del 1% del capital amortizado en hipotecas a tipo variable y del 3% en hipotecas a tipo fijo.
  • Comisión por subrogación: Porcentaje que se aplica sobre el capital pendiente en caso de que cambiemos de entidad financiera. Debemos tener en cuenta que no siempre se puede subrogar una hipoteca: el Préstamo hipotecario sí es subrogable, pero la hipoteca denominada como tal y cuya figura es un Crédito hipotecario no es subrogable.

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